lunes, 2 de enero de 2017

La historia del régimen foral

Como muchos sabéis, en España hay dos modos de financiación autonómica: el régimen foral, para Navarra y el País Vasco; y el común, que afecta al resto de las comunidades autónomas (algunas excepciones en la España insular). La principal diferencia entre estos dos regímenes es que mientras todas las Comunidades Autónomas españolas pagan sus impuestos directamente al Estado y este se encarga de administrarlo, devolviendo la parte que considere a la Comunidad correspondiente; en Navarra y el País Vasco los impuestos son recaudados directamente por las diputaciones forales y posteriormente hacen su aportación (en menor cantidad que el resto de Comunidades) a la Administración Central, a través del fondo de compensación interterritorial. Además también tienen la potestad de fijar su propio régimen fiscal (excepto el IVA) mientras el resto de CCAA se encuentran muy limitadas en este aspecto. Todas estas condiciones no supondrían ventaja ninguna a priori pero a la hora de la verdad, se estima que ambas CCAA se benefician ya que en proporción aportan mucho menos de lo que les correspondería, quedándose con más activo para su autofinanciación autonómica. Y aquí llega la gran pregunta.... ¿por qué?



Monumento a los fueros, Pamplona
Para comprender el origen de los fueros en Navarra nos tenemos que remontar a comienzos del siglo XVIII, con el final de la Guerra de Sucesión y la imposición de los Decretos de Nueva Planta por parte de Felipe V lo que supuso que todos los territorios que hubieron pertenecido a la Corona de Aragón pasaran a regirse por las leyes de Castilla. Sin embargo este hecho no afecto a Navarra que conservaba su régimen fiscal desde su incorporación a la Corona de Castilla ya que esta fue durante mucho tiempo un reino propio que mantuvo sus fueros, leyes y costumbres. Es decir Navarra mantuvo su llamado "derecho de tablas" a cambio de pagar dos impuestos: los cuarteles y las alcabalas. Esto perduró hasta la creación de la Constitución de 1812 de Cádiz que pretendía suprimirlos pero cuando Fernando VII recuperó el trono tras la expulsión de José Bonaparte los volvió a implantar. Sin embargo serían unos años después cuando se instaurarían de manera definitiva, tras el final de la primera Guerra Carlista con el "Abrazo de Vergara" entre Maroto y Espartero. A través de este convenio los carlistas reconocían a Isabel II como reina a cambio de que esta respetara los fueros Navarros y así fue: en 1841, se firma la Ley Paccionada en la que Navarra deja de ser Reino y acepta el sistema constitucional y judicial español a cambio de mantener su régimen foral que perduran hasta hoy día.


Por parte del País Vasco hay que tener en cuenta que sus fueros tienen origen en el derecho consuetudinario, incluso hay compilaciones encontradas del siglo XV que ya hablan de estos fueros.
Mapa político de España (1850
De igual modo que Navarra, cuando se incorporan voluntariamente a la Corona de Castilla pactan mantener sus fueros y estos también perduraran hasta la Constitución de 1812 donde pasará como en Navarra y se suprimirán hasta la vuelta de Fernando VII. A diferencia de Navarra, los fueros vascos no se afianzarían hasta 1876, tras la Tercera Guerra Carlista, que aunque en un principio la Constitución decidiera suprimirlos, dos años después Cánovas del Castillo a través del Concierto Económico los restableció. Durante la dictadura franquista también fueron suprimidos como castigo por no apoyar al Bando Nacional pero con la Constitución de 1978 volvieron y se instauraron hasta nuestros días. A pesar de que es cierto que tienen un origen histórico muy arraigado en nuestra sociedad (llevan existiendo desde prácticamente 500 años), esta desigualdad dará siempre pie a la polémica ya que parece injusto que solo algunas Comunidades tengan el privilegio de controlar su propio régimen fiscal, pero por otro lado también habría que valorar si otras CCAA serían capaz de controlarse y administrarse eficazmente (y sin que nunca falte su aportación al Estado) aunque eso ya sería otro tema a tratar.

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